TIPOS DE FIDEICOMISO FIDEICOMISO DE GARANTIA

FIDEICOMISO INMOBILIARIO

FIDEICOMISO DE ADMINISTRACIÓN

FIDEICOMISO DE INVERSIÓN

INFORMACIÓN A ADHERENTES
FIDEICOMISO DE GARANTIA
• Concepto   • Características   • Operatividad

 Concepto

Es aquel en virtud del cual el constituyente transfiere de manera irrevocable la propiedad de uno o varios bienes a título de fideicomiso mercantil al patrimonio autónomo, para garantizar con ellos y/o con su producto, el cumplimiento de ciertas obligaciones, designando como beneficiario al acreedor de éstas, quien en caso de incumplimiento puede solicitar a la fiduciaria, la realización o venta de los bienes fideicomitidos para que con su producto se pague el valor de la obligación o el saldo insoluto de ella, de acuerdo con las instrucciones previstas en el contrato.

 Tipos de fideicomisos en garantía

  Fideicomiso de títulos valores: El objeto del fideicomiso es garantizar con los títulos valores transferidos a título de fiducia mercantil, o con el producto de su venta, el cumplimiento de ciertas obligaciones a cargo del constituyente o de terceros, designando como beneficiario al acreedor de éstas, quien puede solicitar a la fiduciaria la realización o venta de los bienes fideicomitidos, para que con su producto, se pague el valor de la obligación o el saldo insoluto de ella, según lo establecido en el contrato.

  Fideicomiso de bienes inmuebles: El objeto del fideicomiso es garantizar las obligaciones del constituyente con el beneficiario, hasta el monto determinado por él o los acreedores, basándose en el avalúo del bien.

  Fideicomiso de cartera: El objeto es garantizar obligaciones contraídas con el beneficiario, por parte del constituyente hasta por el monto determinado por el acreedor, sobre la base del valor presente de la cartera, menos un porcentaje previamente determinado que servirá para cubrir la cartera vencida e incobrable.

Características y beneficios

  El fideicomiso de garantía sirve de cobertura adecuada para las Instituciones Financieras de conformidad con las Resoluciones de la Superintendencia de Bancos y Seguros y de la Junta Bancaria.
  Se controla las garantías en propiedad del Fideicomiso hasta que se cumpla el objeto del contrato o se inicie la ejecución de la garantía.
  Aísla patrimonialmente los bienes del deudor en caso de quiebra del deudor o de medidas cautelares dictadas en contra del deudor.
  Se apoya al cliente con la optimización de su capacidad de crédito.
  Permite al deudor sindicar nuevos acreedores que pueden ser garantizados simultáneamente con los mismos bienes entregados al Fideicomiso.
  Facilita al deudor la rotación de los acreedores en virtud de que puede solicitar el ingreso de nuevos acreedores, en lugar de otros a los que ha cancelado sus obligaciones.
  Permite la realización de la garantía para el Acreedor a valores de mercado por medio de un procedimiento ágil y extrajudicial sin los costos, demoras y manejos especulativos que pueden presentarse en las subastas judiciales.
  Permite al acreedor agilizar la recuperación del capital y en consecuencia la rentabilidad del negocio de crédito.
Responsabilidad de la Fiduciaria: Es sólo de medio y no de resultados, por lo tanto, la FIDUCIARIA:

  No se convierte en deudora o garante de la obligación u obligaciones garantizadas; sólo asegura que en caso de que el DEUDOR no cumpla tales obligaciones, cumplirá con las disposiciones previstas en el contrato.
  No es responsable del valor al cual se puedan efectivamente vender los bienes y derechos de propiedad del Fideicomiso Mercantil.
  No es responsable de cumplir con las disposiciones del contrato del Fideicomiso Mercantil, si el CONSTITUYENTE o el BENEFICIARIO no han proporcionado los recursos necesarios para ello.

 Ventajas con respecto a otras garantías.

  Es mucho más rápida:  Podría tomar entre dos a cuatro meses dependiendo de los plazos estipulados en el procedimiento convencional de ejecución.
  Es más confiable:  No está sometida a procedimientos en los cuales intervienen jueces o árbitros que podría pronunciarse en contra de la ejecución del crédito.
  Es más segura:  En virtud de que los bienes y derechos son de propiedad de un Fideicomiso Mercantil, no son susceptibles de ser embargados o prohibidos de enajenar por deudas del propio CONSTITUYENTE o del DEUDOR.

 Operatividad

Ejemplo: Un Banco nacional solicita una línea de crédito a un Banco extranjero, como garantía ofrece la constitución de un fideicomiso al cual transferirá cartera de sus clientes como garantía del fiel cumplimiento en el pago de la línea de crédito solicitada.

 Instrucciones:
1.  Si el Banco nacional cumple con el pago de la línea de crédito al Banco extranjero, el fideicomiso restituirá la cartera de clientes al Banco nacional;
2.  Si el Banco nacional no cumple con el pago de la línea de crédito al Banco extranjero, el fideicomiso transfiere la cartera de clientes o el producto de la administración de la cartera al Banco extranjero.